Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 308/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para el pan. La nueva norma de calidad pan, que viene a derogar la anterior normativa, vigente durante más de 35 años en España, incorpora numerosas novedades:

Contempla requisitos más estrictos para considerar un pan integral, exigiéndose que el 100% de la harina empleada sea integral. Para aquellos panes integrales o de otros cereales que no estén elaborados de forma exclusiva con ese tipo de harinas, se tendrá que indicar el porcentaje de harina en el etiquetado.

En el caso de pan de otros cereales, también se incluyen requisitos más estrictos, estableciéndose por ejemplo para el pan de centeno que sea elaborado solo con ese tipo de harina. También se define el pan multicereal.

Se concreta la definición de masa madre, que se preserva a un tipo de elaboración que limita el uso de levaduras industriales, y se establecen los requisitos para utilizar la denominación “elaborado con masa madre”.

También se define la elaboración artesana del pan, en la que debe primar el factor humano frente al mecánico y los requisitos que se deben cumplir para poder incluir esta mención en el etiquetado de los productos.Asegurando así la correcta calidad pan.

Además se introduce una nueva definición del pan común, que incluye panes elaborados con otro tipo de harinas distintas a la del trigo, permitiendo así el uso de harinas integrales, de otros cereales, pero además, incluirá productos más beneficiosos para la salud, y muy demandados por el consumidor moderno, como son productos con salvado, etc.

Esta nueva definición de calidad pan común permite que a partir de ahora, se aplique un IVA reducido a muchos más productos que hoy en día se consideran de consumo habitual en los hogares, como son los panes integrales, los panes de otros cereales distintos al trigo y los panes elaborados con salvado. De esta forma y gracias a la ampliación de la definición de “pan común”, se van a beneficiar del tipo de IVA reducido (4%) más tipos de panes que tenían actualmente un tipo del 10%.

Se limita el contenido de sal en el pan común.

De esta forma, se mejora la competitividad del sector español del pan, se garantiza la leal competencia entre industrias, estableciendo las mismas condiciones a todos los productores, y se facilita la innovación atendiendo las nuevas necesidades de los consumidores.

También se garantiza un alto nivel de calidad de los productos y mejora la información que reciben los consumidores, clarificando las denominaciones de venta, así como el resto de información voluntaria que pueden utilizar los operadores.

Desde el punto de vista de la salud pública, la norma incorpora una novedad muy importante y pionera en España, puesto que se limita el contenido máximo de sal permitido en el pan común. Esta limitación ha sido promovida por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición y ha sido fruto de las negociaciones entre las distintas administraciones.

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